Proyectos para actividades económicas Albacete
Licencia de apertura para actividades industriales o licencia de actividades para industrias.
En AQUITECTURA TÉCNICAS Y DECORACIÓN contamos con el equipo técnico competente Arquitecto, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico Industrial para su «Proyectos para Actividades Económicas» requerido en la apertura de su nuevo negocio o actividad profesional.
- Licencias de obras.
- Licencias de instalación.
- Licencias de primera ocupación.
- Licencias de apertura para terrazas.
- Permisos de apertura o actividad.
- Licencias de apertura para locales comerciales.
- Licencias para actividades clasificadas e inocuas.
Qué es un proyecto de actividad:
Es un documento firmado por técnico competente que se requiere para obtener la correspondiente licencia municipal, que permitirá la apertura de su negocio, un cambio de titular o de uso, una ampliación o la modificación de las instalaciones del local o inmueble donde desarrolla su actividad.
Este documento justifica que tanto el establecimiento, las instalaciones previstas, el diseño del local, así como el desarrollo de la actividad se ajustan a la normativa y a las reglamentaciones correspondientes.
El Proyecto de Actividad recoge toda la normativa que le es de aplicación, dependiendo del caso: Código Técnico de la Edificación, Accesibilidad, Documento Básico de Protección contra Incendios, Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, Reglamento Instalaciones Térmicas en la Edificación, etc.
¿Cuándo se tiene que presentar?
Su tramitación debe ser realizada antes del Proyecto de Obras, en caso de tener que habilitar el local para adecuar a la actividad prevista, para evitar incoherencias entre proyecto y ejecución.
En caso de que el local esté en plenas condiciones para llevar a cabo la actividad, o bien que la actividad no requiera de ningún tipo de obra para su puesta en marcha, la documentación se presentará un mes antes de iniciar la actividad.
Tipos de actividad
Cada tipo de actividad requiere una documentación distinta, ya que en función de las características de la actividad se deberá justificar el cumplimiento de la reglamentación específica que regula dicha actividad.
Actividades Calificadas: Carnicerías, Panaderías.
Actividades Industriales: Procesos de Fabricación, Fábricas, Almacenes.
Actividades Inocuas o no calificadas: Oficinas, Tiendas, Comercios al por menor.
Actividades de Pública Concurrencia: Cafeterías, Bares, Restaurantes, Salones de juegos, Cines.